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Ley 161: Ley para la Reforma del Proceso de Permisos en Puerto Rico – 1 de diciembre de 2009

Para crear la “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”, con el de fin de establecer un marco legal y administrativo que regirá la solicitud, evaluación, concesión y denegación de permisos por el Gobierno de Puerto Rico; crear la Oficina de Gerencia de Permisos, definir sus funciones, facultades y obligaciones y disponer en torno a su organización; crear la figura del Profesional Autorizado, definir su composición, sus funciones, facultades y obligaciones, y disponer en torno a su autorización; crear la figura de los Gerentes de Permisos, Representantes de Servicios y la figura de los Oficiales de Permisos y disponer en torno a sus facultades; crear la Oficina del Inspector General de Permisos, definir sus funciones, facultades y obligaciones y disponer en torno a su organización; disponer en torno a la revisión administrativa y judicial de las decisiones tomadas conforme a esta Ley.

Ley 60 – Despacho de recetas de médicos con prácticas en Estados Unidos – 11 de abril de 2011

Para enmendar los incisos (ss) y (ww) del Artículo 1.03 de la Ley Núm. 247 de 3 de septiembre de 2004, según enmendada, conocida como “Ley de Farmacia de Puerto Rico”, a los fines de aclarar la definición de los términos “Prescribiente” y “Receta o prescripción” para incluir aquellas recetas expedidas y firmadas por un facultativo en el curso normal y ejercicio legal de su profesión desde cualquiera de los cincuenta (50) estados de los Estados Unidos de América.

Ley 85: Ley Rotulación de Frascos – 5 de junio de 2011

Para enmendar los Artículos 5.02 y 5.03 de la Ley Núm. 247 de 3 de septiembre de 2004, según enmendada, conocida como “Ley de Farmacia de Puerto Rico”, a fin de requerir que en caso que el farmacéutico intercambie el medicamento prescrito por otro medicamento, de conformidad con la legislación vigente, la rotulación del producto dispensado deberá incluir los nombres de ambos medicamentos con la frase “bioequivalente a” o un lenguaje similar que indique que el medicamento prescrito fue sustituido, excepto que el prescribiente indique de su puño y letra lo contrario.

Ley 194: Ley de Códigos de Seguros de Salud en Puerto Rico – 29 de agosto de 2011

Para crear el Código de Seguros de Salud de Puerto Rico; establecer sus disposiciones generales y la forma en que éste interactuará con el Código de Seguros de Puerto Rico; reglamentar el manejo de medicamentos de receta por parte de las organizaciones de seguros de salud o aseguradores, según definidos; estandarizar en Puerto Rico las pautas para las auditorías de reclamaciones por servicios de cuidado de la salud; promover la disponibilidad de planes médicos para los patronos de pequeñas y medianas empresas en Puerto Rico, independientemente de la condición de salud o experiencia de reclamaciones de su grupo de empleados; prohibir el uso de cláusulas discrecionales en los planes médicos y las cubiertas de protección de ingresos en caso de incapacidad; proveer las normas para establecer y mantener los procedimientos que deben seguir las organizaciones de seguros de salud o aseguradores para garantizar que las personas cubiertas o asegurados obtengan una oportuna y adecuada resolución de sus querellas; para fijar requisitos uniformes para las cubiertas de niños recién nacidos, niños recién adoptados y niños colocados para adopción, tanto en los planes médicos grupales como individuales; para establecer estándares para los seguros de cuidado prolongado; y para otros fines relacionados.

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