Para enmendar la Ley Núm. 81 de 14 de marzo de 1912, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Salud”, según enmendada, a los fines de crear la Oficina del Comisionado Regulador de los Administradores de Beneficio de Farmacia (PBM, por sus siglas en Ingles) adscrita al Departamento de Salud y tenga la autoridad de supervisar y fiscalizar a los Administradores de Beneficios de Farmacias que contraten servicios con las Farmacias de Comunidad en Puerto Rico.