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Reglamento 135: Reglamento General de Salud Ambiental – 25 de noviembre 2008

Este Reglamento tiene como propósito unificar las disposiciones incluidas en los Reglamentos promulgados por el Departamento de Salud cuya implantación ha sido delegada a la Secretaría Auxiliar para Salud Ambiental; simplificar estas disposiciones y los procedimientos de otorgamiento de licencias; disponer sobre las condiciones sanitarias que deben estar presentes en todo establecimiento público o privado, institución, edificación y en el ambiente inmediato, de manera que se preserve la salud pública; reglamentar los procedimientos de producción, almacenaje, servicio, rotulación, transportación y distribución de alimentos para consumo humano en general, incluyendo leche y agua; establecer cualidades nutricionales que deben tener algunos alimentos; y para otros propósitos, con el fin de preservar la salud humana y de la comunidad.

Reglamento 7617: Reglamento para Implementar las Disposiciones de la Ley 194 del 25 de agosto de 2000, según enmendada, “Carta de Derechos y Responsabilidades del Paciente de Puerto Rico” – 21 de noviembre de 2008

Se aprueba y adopta este Reglamento con el propósito de regular y uniformar los derechos y responsabilidades del paciente, según las disposiciones de la Ley 194 de 25 de agosto de 2000, según enmendada, “Carta de Derechos y Responsabilidades del Paciente”; disponer, definir y especificar el contenido de los derechos y responsabilidades de los pacientes y usuarios de servicios de salud y servicios médico-hospitalarios, como las responsabilidades de los proveedores de tales servicios, las aseguradoras de salud y agencias del gobierno involucradas; y para establecer los procesos y procedimientos necesarios para proteger y garantizar los mismos.

Reglamento 5: Reglamento de Procedimientos Administrativos ante la Oficina del(a) Procurador(a) del Paciente – 3 de junio de 2008

La Oficina del (la) Procurador(a) del Paciente aprueba y adopta estas reglas con el propósito de regular y uniformar los procedimientos administrativos. De esta manera, todas las personas, sean naturales y/o jurídicas, sobre las cuales la Oficina del (la) Procurador(a) del Paciente ostente autoridad o jurisdicción, cuentan con un sistema establecido de normas que regulan y uniforman los procedimientos administrativos, de forma tal que garanticen sus derechos, así como los deberes aplicables a todas las partes.

Reglamento 6811: Reglamento para la Congelación y Fijación de Precios de los Artículos de Primera Necesidad en Situaciones de Emergencia – 18 de mayo de 2004

Este Reglamento tiene el propósito de proteger al consumidor de los efectos de los trastornos económicos y sociales que se pueden suscitar en situaciones de emergencias. Estas disposiciones normativas constituyen, entre otras cosas, un instrumento para evitar la especulación y el acaparamiento relacionado con productos de primera necesidad y además, un mecanismo para ayudar que nuestra economía y sociedad retornen a la normalidad a la brevedad posible.

Reglamento 3707: Reglamento sobre el Control de Precios Productos Medicinales – 30 de diciembre de 1988

Este reglamento autoriza al Secretario a fijar los precios máximos de venta de productos medicinales al nivel de distribuidores primarios, droguerías y farmacias. Los productos medicinales sujetos a control de precios serán: 1) los de mayor volumen de venta al consumidor en Puerto Rico, según la mejor información disponible en poder del Secretario; 2) los usados en el tratamiento de enfermedades crónicas; 3) los usados por personas de mayor edad e infantes ó 4) los productos análogos a cualquier producto con precio máximo de venta fijado. El Secretario podrá emitir órdenes de precios indicando los precios máximos de venta de productos medicinales que cumplan con cualquiera de estos criterios. Precios más bajos que los máximos establecidos podrán ser ofrecidos, cobrados y pagados. Además, este reglamento impone obligaciones a todos los niveles de distribución en la venta de todo producto medicinal.

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